Artículo 19 Presupuesto 2... Andalucía

Artículo 19 Presupuesto 2025 de Andalucía

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Artículo 19. Retribuciones del personal eventual.

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Con efectos de 1 de enero de 2025, las retribuciones del personal eventual a que se refieren los artículos 8 y 12 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 73 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, no experimentarán incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.2 de la presente ley.

Al personal eventual le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 17.4 y 5 de esta ley en relación con el complemento específico y con el complemento de productividad respectivamente.