Articulo 19 Presupuestos 2008 Cataluña

Articulo 19 Presupuestos 2008 Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 19. Compromisos de gastos con cargo a presupuestos futuros.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los compromisos de gasto plurianual que se adquieran de acuerdo con lo dispuesto por el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, deben ajustarse a los criterios, los procedimientos y los límites establecidos por el Gobierno.

2. Todos los compromisos de gastos con cargo a presupuestos futuros quedan condicionados a las disponibilidades presupuestarias de los ejercicios afectados.