Articulo 19 Procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica
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Artículo 19. Solicitud de transmisión de instalaciones.

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1. La solicitud de autorización administrativa de transmisión deberá ser dirigida al órgano competente, según lo establecido en el artículo 2 del presente Decreto, por quien pretende adquirir la titularidad de la instalación.

2. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Acreditación de la capacidad legal, técnica y económica del solicitante, salvo las excepciones previstas en el artículo 8.1 de este Decreto.

  2. Declaración del actual titular de la instalación en la que manifieste su voluntad de transmitir dicha titularidad, o documento acreditativo del derecho de transmisión, en su caso.

  3. Acreditación de que las instalaciones que se pretenden transmitir cumplen la normativa vigente en lo referente a inspecciones y revisiones periódicas obligatorias, así como al mantenimiento de sus instalaciones de manera reglamentaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-11-2003 en vigor desde 06-11-2003