Articulo 19 Protección de los Consumidores
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»Artículo 19. Ámbito de actuación.
Vigente
La Comunidad de Madrid, en su ámbito de competencia fomentará la enseñanza, en todos los niveles, de materias relacionadas con el consumo para promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados del uso y consumo de los mismos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-1998 en vigor desde 17-07-1998