Articulo 19 Protección de los Consumidores
Articulo 19 Protección de...nsumidores

Articulo 19 Protección de los Consumidores

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 19. Ámbito de actuación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Comunidad de Madrid, en su ámbito de competencia fomentará la enseñanza, en todos los niveles, de materias relacionadas con el consumo para promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados del uso y consumo de los mismos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-1998 en vigor desde 17-07-1998