Artículo 19 RD. 707/2026... cognitiva

Artículo 19. RD. 707/2026, de 2 de septiembre, Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva

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Artículo 19. Promoción de códigos de conducta y buenas prácticas.

Vacatio legis

Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, promoverán y facilitarán la adopción de códigos de conducta y buenas prácticas, de aplicación voluntaria y carácter genérico o sectorial, que tengan por objeto facilitar la implementación de las condiciones de accesibilidad cognitiva en las materias reguladas en este real decreto.

Estos códigos de conducta y buenas prácticas se elaborarán mediante el acuerdo entre las organizaciones sindicales más representativas, cuando sea pertinente, las organizaciones representativas de las entidades, profesionales u operadores a quienes corresponderá aplicar las buenas prácticas y las organizaciones representativas de personas con necesidades de apoyo cognitivo o dificultades cognitivas y sus familias.