Articulo 19 Régimen espec...mo capital

Articulo 19 Régimen especial del municipio de Zaragoza como capital

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Artículo 19. Actuaciones en el marco de intercambio de información entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza.

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La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza ajustarán sus relaciones a los criterios de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos.

El Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza elaborarán el oportuno convenio de colaboración donde se fijarán el tipo de información, su nivel de desagregación, el modo y plazos en que se hará efectivo el suministro de información, así como las aportaciones de medios materiales, humanos y, en su caso, financieras.