Articulo 19 Reglamento de...ropolitano

Articulo 19 Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano

Ver Indice
»

Artículo 19. Plan plurianual de gestión

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. La Dirección-Gerencia redactará un Plan plurianual de gestión que deberá determinar como mínimo, con referencia a un plazo de vigencia de entre 3 y 5 ejercicios, lo siguiente:

a) La definición de la orientación estratégica, objetivos y criterios de actuación de la Autoridad.

b) El establecimiento de los requerimientos de medios materiales e informáticos y de administración electrónica, y de recursos humanos necesarios para la consecución de aquellos objetivos, incluidas, en su caso, las percepciones retributivas relacionadas con tales objetivos, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente en materia de función pública.

c) La previsión de resultados.

2. El plazo inicial de vigencia de un determinado plan podrá prorrogarse por periodos anuales hasta el máximo previsto en el apartado 1 de este artículo, siempre que así se prevea en cada plan, con los mismos requisitos establecidos para la aprobación inicial del plan.