Articulo 19 Reglamento de Calificación Ambiental
Ver Indice
»Artículo 19. Certificación técnica.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Si la resolución a que se refiere el artículo 15 tiene carácter favorable y se otorga la licencia solicitada, se entenderá autorizada la implantación, ampliación, traslado o modificación de la actividad. Una vez ejecutada, y con anterioridad a la puesta en marcha, el titular remitirá al Ayuntamiento una certificación suscrita por el director técnico del proyecto en la que se acredite el cumplimiento de las medidas y condiciones ambientales impuestas en la resolución de Calificación Ambiental y se detallen las mediciones y comprobaciones técnicas realizadas al efecto.
