Articulo 19 Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
Artículo 19. Subdirecciones del ISFAS.
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1. El Subdirector de Prestaciones, con rango de Subdirector General, tendrá a su cargo la gestión y administración de las prestaciones sanitarias y no sanitarias del Instituto, bien directamente o a través de conciertos con otras Entidades, y sustituirá, además, al Secretario General Gerente, en el caso de ausencia, vacante o enfermedad.
2. El Subdirector EconómicoFinanciero, con el mismo rango, ejercerá las actividades de administración, contabilidad, financiación, presupuestación y actuarial.
3. Tanto el Subdirector EconómicoFinanciero, como el de Prestaciones ejercerán sus funciones bajo la dirección y coordinación del Secretario General Gerente del organismo. Serán nombrados por el Ministro de Defensa, en conformidad con la legislación vigente.
