Articulo 19 Reglamento de Ordenación de los Apartamentos Turísticos
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»Artículo 19. Normativa sectorial.
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Los Apartamentos Turísticos deberán cumplir la normativa vigente en materia de urbanismo, construcción y edificación, instalaciones, sanidad y consumo, seguridad, prevención de incendios, protección civil, supresión de barreras físicas y sensoriales, higiene y protección del medio ambiente, y cualesquiera otras disposiciones que les resulten de aplicación.
