Artículo 19. Reglamento (UE) 2026/1047, de 29 de abril de 2026, DOUE, por el que se establece una Reserva de Talentos de la UE
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»Artículo 19. Procedimientos de inmigración acelerados.
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Los Estados miembros participantes podrán optar, de conformidad con el Derecho nacional, por establecer procedimientos de inmigración acelerados para permitir una contratación más rápida de los demandantes de empleo registrados de terceros países que hayan sido seleccionados a través de la Reserva de Talentos de la UE para cubrir una vacante de empleo.
