Articulo 19 el que se reg...lla y León

Articulo 19 el que se regula el procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción en la Comunidad de Castilla y León

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Artículo 19. Inspección.

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La consejería competente en materia de energía dispondrá cuantas inspecciones sean necesarias con el fin de comprobar y vigilar el cumplimiento del procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios, a través de medio propios de la administración o mediante técnicos o entidades habilitadas conforme al procedimiento que establezca por orden.