Artículo 19 reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava
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»Artículo 19. Extinción de Incendios.
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Con independencia de los importes correspondientes al "Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava", el Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz y el Consorcio para la prevención y extinción de incendios y salvamento de Ayala y otras entidades locales, en atención a la importancia y trascendencia supralocal de las instalaciones existentes del servicio de extinción de incendios, percibirán las consignaciones que por tal concepto se establezcan a su favor en la normativa foral presupuestaria.
