Articulo 19 relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, escisiones parciales, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes EM y al traslado del domicilio social de una SE o una SCE de un EM a otro
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»Artículo 19
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Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Hecho en Luxemburgo, el 19 de octubre de 2009.
Por el Consejo
El Presidente
E. ERLANDSSON
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(1) Dictamen de 13 de enero de 2009 (no publicado aún en el Diario Oficial).
(2) DO C 100 de 30.4.2009, p. 153.
(3) DO L 225 de 20.8.1990, p. 1.
(4) Véase la parte A del anexo II.
(5) DO L 294 de 10.11.2001, p. 1.
(6) DO L 207 de 18.8.2003, p. 1.
