Artículo 19 de simplifica...Valenciana

Artículo 19 de simplificación administrativa y transformación digital del Consell de la Comunitat Valenciana

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Artículo 19. Portal para el personal empleado público

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1. El personal empleado público dispondrá de un portal de intranet (Funcion@GVA) que le deberá proveer de información y servicios de interés.

2. Este portal se compondrá de espacios con información profesional especializada, como la siguiente:

a) Información laboral.

b) Instrucciones, guías, manuales y otro tipo de material para la formación.

c) Información sobre aplicaciones y herramientas.

d) Información sobre protección de datos, ciberseguridad e indicadores.

e) El Sistema Interno de Información de la Administración de la Generalitat (SII-GVA), previsto en la normativa reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

f) Información en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

g) Novedades de interés.

3. Con carácter excepcional, se podrán crear portales de intranet específicos para difundir información relativa a colectivos de personal empleado público que lo requieran.

4. El acceso a estos portales de intranet específicos se realizará a través del portal Funcion@GVA.

5. La creación o supresión de estos portales deberá llevarse a cabo previa validación por parte de los órganos con competencias en simplificación administrativa y en comunicación e imagen institucional.