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Articulo 19 Sistema de Servicios Sociales -Derogada-

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Artículo 19. Fines.

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La Administración regional, mediante la planificación de los servicios sociales, garantizará la distribución racional de los recursos y la coordinación de todas las actuaciones, con el fin de alcanzar los mayores niveles de bienestar social para los ciudadanos de la Región de Murcia.