Articulo 19 TR. Disposiciones legales en materia de tributos cedidos por el Estado
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 19. Tipo de gravamen incrementado aplicable a los documentos notariales en los que los sujetos pasivos se acojan a la exención prevista en los números 20.º, 21.º y 22.º del apartado uno del artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido
Vigente
El tipo de gravamen aplicable a los documentos notariales en los que se haya renunciado a la exención a que se refiere el apartado dos del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, es del 2,5%.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2020
(BOIB de 31-12-2019) en vigor desde 01-01-2020