Articulo 191 Haciendas lo...-Derogada-

Articulo 191 Haciendas locales -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 191.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La estructura y contenido de los estados y cuentas a que se refiere el artículo anterior, así como la de los anexos que hayan de acompañarlos, se establecerá por el Ministerio de Economía y Hacienda.