Articulo 195 Estatutos de... Distancia

Articulo 195 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

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Artículo 195. Comisión de Responsabilidad Social.

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1. Con el fin de contribuir a un desarrollo más humano y sostenible desde la Universidad, el Consejo de Gobierno constituirá una Comisión de Responsabilidad Social, que será presidida por el Rector y estará integrada por profesores, expertos, estudiantes, personal de administración y servicios, miembros de los órganos de gobierno y dirección, representantes de organizaciones sociales y demás grupos de interés.

2. La Comisión de Responsabilidad Social podrá constituir una comisión permanente, integrada por un número de miembros que garantice la representación de todos los sectores.