Articulo 196 Educación de Cataluña
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»Artículo 196. Principios generales de gestión pública
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Los recursos económicos puestos a disposición del sistema educativo, de la Administración educativa y de los centros sostenidos con fondos públicos se gestionan de acuerdo con los principios generales de equidad, eficacia, eficiencia y economía y de acuerdo con los principios específicos establecidos en el artículo 197.
