Artículo 196 Real Decret...1 de marzo

Artículo 196. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo

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Artículo 196. Selección, provisión y promoción.

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1. La selección del personal, una vez aprobada la oferta de empleo público, se realizará a través de los sistemas selectivos de concurso-oposición y oposición. El sistema de concurso-oposición se articulará atendiendo al específico modelo organizativo y de gestión de la Universidad y garantizará los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2. Se garantizará una efectiva carrera administrativa y profesional, dentro de las disponibilidades presupuestarias. En particular, se facilitará y fomentará la promoción interna del personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Asimismo, se arbitrará un sistema de acceso a escalas y categorías superiores a través de la superación de los correspondientes procesos selectivos, de oposición o concurso-oposición, que garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y podrán incluir un curso o período formativo.
3. Se podrá contratar otro personal con cargo a financiación externa o financiación procedente de convocatorias de ayudas públicas en concurrencia competitiva en su totalidad para la gestión científico-técnica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y con el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.