Articulo 196 Reglamento d...-Derogado-

Articulo 196 Reglamento de explosivos -Derogado-

Ver Indice
»

Artículo 196.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las autorizaciones de venta y suministro de explosivos serán otorgadas por la Dirección General de Minas del Ministerio de Industria y Energía previo informe favorable de la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.

2. En toda autorización de venta y suministro se establecerá la cuantía de la póliza de responsabilidad civil que, en cada caso, debe cubrir la responsabilidad que corresponda a su comercializador por defecto del producto, sin la cual será nula dicha autorización.