Articulo 197 D 75/2007, d...a Vivienda

Articulo 197 D. 75/2007, de 18 de mayo, C.Valenciana, Reglamento de Protección Pública a la Vivienda

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Artículo 197. Modalidades de actuación

Vigente

Conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, las actuaciones en materia de suelo podrán efectuarse en las siguientes modalidades

1. Directas, cuando son promovidas por la Dirección General competente en materia de vivienda.

2. Instrumentales, cuando se lleven a cabo por el Instituto Valenciano de Vivienda, SA., o entidad pública que le sustituya, por empresas públicas de las Administraciones Local o Autonómica, o mediante sociedades instrumentales creadas al efecto.

3. Vía Convenio con Entidades Locales, Entidades Autonómicas o empresas públicas.