Articulo 198 Estatutos de... Distancia

Articulo 198 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

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Artículo 198. Creación, modificación y supresión de las unidades de servicio.

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1. Corresponde al Consejo de Gobierno aprobar la creación, modificación o supresión de un servicio.

2. En el supuesto de creación de un servicio, la propuesta deberá acompañarse de una memoria que incluya, al menos, los siguientes puntos.

a) Objetivos y fines del servicio.

b) Recursos humanos y materiales necesarios y sus características, especificando la dependencia orgánica de los primeros.

c) Presupuesto, financiación y gestión del servicio.

3. La iniciativa para la creación, modificación y supresión de los servicios corresponderá a los Departamentos, Centros, Institutos Universitarios de Investigación, órganos de gobierno u otros miembros interesados de la comunidad universitaria, mediante la presentación de la correspondiente propuesta al Consejo de Gobierno.