Articulo 198 General Tributaria de Bizkaia
Ver Indice
»Artículo 198. Infracción tributaria por obtener indebidamente devoluciones
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Constituye infracción tributaria obtener indebidamente devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo.
2. La base de la sanción será la cantidad devuelta indebidamente como consecuencia de la comisión de la infracción.
3. La sanción por la comisión de esta infracción tributaria consistirá en multa pecuniaria proporcional del 100 al 250 por 100.
Modificaciones
- Artículo modificado (Se da nueva redacción al apartado 3 del artículo 198) por NORMA FORAL 3/2013, de 27 de febrero, por la que se apruebanmedidas adicionales para reforzar la lucha contra el fraude fiscaly otras modificaciones tributarias.
(BI de 04-03-2013) en vigor desde 05-03-2013
