Artículo 198. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Ver Indice
»Artículo 198.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el artículo 12, apartado 3, del Decreto 27/2020, de 28 de febrero, del Consell, de aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento del Museo de Bellas Artes de València, que queda redactado como sigue:
«Artículo 12. Del Consejo Científico
[...]
3. El Consejo Científico es un órgano con funciones consultivas al que corresponde el asesoramiento al Patronato en la programación de exposiciones, adquisición de obras de arte y su valoración, aceptación de donaciones o cesiones y todas aquellas cuestiones y materias que por su transcendencia así lo aconsejen en función de las necesidades del museo.»

