Articulo 198 Reglamento g...e las AAPP

Articulo 198 Reglamento general de la Ley de Contratos de las AAPP

Ver Indice
»

Artículo 198. Programa de trabajo.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En los contratos de consultoría y asistencia y en los de servicios que sean de tracto sucesivo el contratista está obligado a presentar un programa de trabajo que será aprobado por el órgano de contratación, siempre que en el pliego de cláusulas administrativas particulares se haga constar expresamente esta obligación.