Articulo 199 Administración Local de Navarra
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»Artículo 199.
Vigente
Sin perjuicio de lo establecido en esta Ley Foral y en las disposiciones que la desarrollen, las Sociedades mercantiles, con participación exclusiva o parcial de las Entidades locales, se regirán por la normativa civil, mercantil o laboral que les sea de aplicación.

