Articulo 199 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
Artículo 199.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La posibilidad es el resultado numérico, directa o indirectamente inferido y expresado generalmente en metros cúbicos, de las cortas anuales ordinarias previstas en el cuartel. Habida cuenta de las clasificaciones de las cortas que se han propuesto en el artículo anterior, podría distinguirse una posibilidad en productos principales o finales y una posibilidad en productos intermedios. Razones de economía, al considerar los diferentes precios que puedan alcanzar dichos tipos de productos, abundarían en tal clasificación.
No obstante, por razones de control de la gestión selvícola, parecería más adecuado considerar una posibilidad de regeneración, originada por las cortas del mismo nombre; una posibilidad de extracorables, si procediese y fuese factible; y una posibilidad de mejora, consecuencia del resto de las cortas del mismo nombre.
En todo caso y siempre que sea posible, la cuantía de la posibilidad se desglosará por especies y clases dimensionales.
2. En algunos de los métodos de ordenación que se han propuesto es fácil la distinción entre posibilidad de regeneración, posibilidad de extracortables y posibilidad de mejora; en otros, por el contrario, dicha diferenciación se ve dificultada por el hecho de desconocerse a priori las superficies que van a regenerarse; por último, en los métodos de ordenación por entresaca pie a pie, la distinción es imposible, pues dichas cortas tienen simultáneamente el carácter de regeneración, mejora y eliminación de extracortables.
