Articulo 2 Acceso a datos para la aplicación de medidas del alumnado con necesidades específicas
Articulo 2 Acceso a datos...specíficas

Articulo 2 Acceso a datos para la aplicación de medidas del alumnado con necesidades específicas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 2. Datos de los entes locales

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Se habilita al Departamento de Educación, mediante los órganos de participación en la programación de la oferta educativa y en el proceso de admisión, así como las unidades de detección, para acceder a los datos de los entes locales de Catalunya de las familias con hijos en edad de escolarización obligatoria, datos necesarios para orientar la detección de los alumnos con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas y socioculturales. Estos datos, que se obtienen sin el consentimiento de las personas interesadas, son los de carácter identificativo, los de contacto y los relacionados con los indicadores de vulnerabilidad que a continuación se relacionan:

- Familias con hijos en edad de escolarización obligatoria atendidas por los servicios sociales los últimos 24 meses.

- Familias con hijos en edad de escolarización obligatoria que reciben ayudas sociales en las que el umbral de renta a partir del que se bonifica se sitúe por debajo del indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC).

- Familias con hijos en edad de escolarización obligatoria en situación de exclusión residencial atendidas por los servicios sociales.

- Familias con hijos en edad de escolarización obligatoria que son beneficiarias de ayudas al alquiler de la vivienda.

- Familias con hijos en edad de escolarización obligatoria de nacionalidad extranjera en situación de residencia no regularizada (sin permiso de residencia).