Articulo 2 Actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos
Ver Indice
»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El real decreto resulta de aplicación a los prestadores de servicios de recarga energética en infraestructuras de puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público, en los términos establecidos en esta norma.
