Articulo 2 Actividades Fe... La Mancha

Articulo 2 Actividades Feriales de La Mancha

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Artículo 2. Definición.

Vigente

Se consideran actividades feriales aquellas manifestaciones de carácter comercial, con una duración limitada en el tiempo, cuyo objeto es exhibir bienes u ofrecer servicios por una pluralidad de expositores, acercando la oferta a la demanda, con la finalidad de formalizar contratos de compraventa.