Articulo 2 Actuaciones protegibles en materia de vivienda
- A partir del 1 de enero de 2023, las referencias al Informe de Evaluación de Edificios contenidas en el presente Decreto Foral deberán entenderse hechas al Libro del Edificio Existente. - LEY FORAL 18/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022
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En el capítulo I se establece su objeto, se desglosan las actuaciones protegibles, las ayudas que se prevén en apoyo de dichas actuaciones protegibles, las fechas de referencia para la acreditación del cumplimiento de las condiciones generales de acceso a dichas ayudas y se definen una serie de conceptos como el de unidad familiar o el de renta ponderada a los efectos de lo dispuesto en el presente Decreto Foral. En definitiva, en este capítulo se contienen las disposiciones básicas y comunes a todas las actuaciones protegibles que se desarrollan a lo largo de su contenido, así como a todos los procedimientos de concesión de la correspondiente ayuda que se deriven de los mismos.
