Articulo 2 Administración electrónica y simplificación administrativa
- Norma derogada desde el 30 de abril de 2026. - Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Derogado
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La presente ley será de aplicación a la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a sus organismos públicos y a los demás entes integrantes de su sector público.
En la realización de trabajos, acciones y desarrollos normativos para el cumplimiento de los principios y criterios recogidos en esta ley tendrán carácter prioritario aquellos que incidan en el ámbito de las actividades de servicios.
A la Universidad de La Rioja le serán aplicables los fines y principios de la presente ley.
