Articulo 2 Agraria de I Balears

Articulo 2 Agraria de I. Balears

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Artículo 2. Ámbito material

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El ámbito material de aplicación de esta ley comprende la regulación y el registro del ejercicio de las actividades agraria y complementaria; la producción, la transformación y la comercialización agraria y agroalimentaria; los usos agrarios; y otras materias relacionadas.