Articulo 2 Aplicación de medidas para la sostenibilidad de los transportes y en materia de revisión de precios en contratos públicos de obras
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Vigente
De acuerdo con lo recogido en el apartado anterior, la normativa básica indicada será de aplicación a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y a su sector público, así como a las universidades públicas y a las entidades locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como a cualquiera de las entidades que forman parte de su sector público.

