Articulo 2 Aprobación de ...Ordenados

Articulo 2 Aprobación de las Instrucciones de ordenación y aprovechamiento de montes, de los instrumentos de planificación y gestión forestal, y del Registro de Montes Ordenados

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Artículo 2. Ámbito de aplicación.

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El ámbito de aplicación del presente decreto son los montes, tanto de titularidad pública como privada, existentes dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a las definiciones contenidas en el artículo 3 del presente decreto. A los terrenos agroforestales, por su condición mixta agrosilvopastoral y, en particular, a los terrenos adehesados, les será de aplicación este decreto en lo relativo a sus características y aprovechamientos forestales, sin perjuicio de la aplicación de la normativa que les corresponda por sus características agropecuarias.