Articulo 2 el que se aprueba el reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana
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»Artículo 2. Aprobación y órgano competente para convocar.
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Las necesidades de recursos humanos con consignación presupuestaria a que se refiere el artículo 22, del texto refundido vigente de la Ley de Función Pública Valenciana, serán determinadas cada año por la conselleria que tenga atribuida la competencia en materia de función pública y, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas tal como determina la Ley 9/1987, de 12 de junio, modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, elevadas al Gobierno Valenciano, órgano que, con base en las mismas, aprobará y ordenará publicar, en su caso, la Oferta Pública de Empleo, durante el primer trimestre del año.
