Articulo 2 Se aprueban instrucciones para la organización y gestión de los archivos de las Entidades Locales con población inferior a los 15.000 habitantes
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Trasladar la presente Orden Foral a la Dirección General de Cultura - Institución Príncipe de Viana, al Servicio de Archivos y Patrimonio Documental y a la Secretaría General Técnica.
