Articulo 2 Artesanía alimentaria

Articulo 2 Artesanía alimentaria

Ver Indice
»

Artículo 2. Ámbito de aplicación

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El presente decreto es de aplicación a la producción y elaboración con destino al mercado de alimentos artesanales, tanto de origen agrario como de la pesca, del marisqueo o de la acuicultura.