Articulo 2 Calendario de ...e Canarias

Articulo 2 Calendario de fiestas laborales 2018 de Canarias

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Artículo 2.- Fiestas de ámbito local.

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1. Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables en el año 2018, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que por tradición sean propias en cada municipio, que se determinarán por la persona titular de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda a propuesta del Pleno de los Ayuntamientos respectivos, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias.

2. Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del presente Decreto.