Articulo 2 Calidad del aire y protección de la atmósfera
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
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1. Están sujetas a las prescripciones de esta ley todas las fuentes de los contaminantes relacionados en el anexo I correspondientes a las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera enumeradas en el anexo IV ya sean de titularidad pública o privada.
2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley y se regirán por su normativa específica.
a) Los ruidos y vibraciones
b) Las radiaciones ionizantes y no ionizantes
c) Los contaminantes biológicos.
3. Quedan excluidas, asimismo, del ámbito de aplicación de esta Ley las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y las actividades correspondientes de protección de personas y bienes, que se regirán por la normativa específica de protección civil.
