Articulo 2 Carrera militar
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Artículo 2. Empleos militares del Rey y del Príncipe de Asturias.

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1. El Rey tiene el empleo militar de capitán general del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, máximo rango militar que le corresponde en exclusiva como mando supremo de las Fuerzas Armadas.

2. El Príncipe de Asturias podrá desarrollar la carrera militar y tener los empleos militares que, mediante real decreto, determine el Gobierno, que queda facultado para establecer un régimen propio y diferenciado teniendo en cuenta las exigencias de su alta representación y su condición de heredero de la Corona de España.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-11-2007 en vigor desde 01-01-2008