Articulo 2 Carta de Derechos Sociales de C. Valenciana
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»Artículo 2. Los derechos sociales
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Estatut d Autonomia de la Comunitat Valenciana, los derechos sociales de los valencianos y las valencianas representan un ámbito inseparable del respeto de los valores y derechos universales de las personas y constituyen uno de los fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunitat Valenciana.
