Articulo 2 Centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil
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»Artículo 2. Ordenación de la educación infantil.
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La educación infantil constituye una etapa educativa con identidad propia, tiene carácter voluntario y se ordena en dos ciclos. El primer ciclo de educación infantil atiende a niños y niñas hasta los tres años de edad.
