Articulo 2 Competencia y funciones de inspección general de los servicios de la Administración
- Norma derogada desde el 5 de octubre de 2024. - DECRETO 132/2024, de 1 de octubre, del Consell, de desarrollo de la Ley 22/2018, de 6 de noviembre, de Inspección General de Servicios y del sistema de alertas para la prevención de malas prácticas en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental.
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»Artículo 2. Ámbito de actuación
Derogado
1. La competencia de inspección general de los servicios se extenderá al conjunto de la Administración de la Generalitat, entendida en los términos establecidos en el artículo 4.1 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
2. El ejercicio de esta competencia será independiente de aquellas otras competencias atribuidas, legal y reglamentariamente, a distintos órganos de inspección o control de los servicios pertenecientes a diferentes ámbitos departamentales o sectoriales, y, en especial, sin perjuicio del control interno sobre la gestión económico-financiera que corresponde a la Intervención General de la Generalitat.

