Articulo 2 complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, con el establecimiento de cinco cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Artes Gráficas
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»Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se establecen.
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Las Cualificaciones profesionales que se establecen corresponden a la Familia Profesional Artes Gráficas y son las que a continuación se relacionan, ordenadas por Niveles de cualificación, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:
Actividades auxiliares en industrias gráficas. Nivel 1. DXII
Gestión de la producción en encuadernación industrial. Nivel 3. Anexo DXIII
Gestión de la producción en procesos de impresión. Nivel 3. Anexo DXIV
Gestión de la producción en procesos de preimpresión. Nivel 3. Anexo DXV
Gestión de la producción en transformados de papel, cartón y otros soportes gráficos. Nivel 3. Anexo DXVI
Modificaciones
- Artículo modificado (2) por Real Decreto 1021/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Administración y Gestión; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Comercio y Marketing; Hostelería y Turismo; Energía y Agua; Marítimo Pesquera; Seguridad y Medio Ambiente; y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
(BOE de 13-11-2024) en vigor desde 14-11-2024
