Articulo 2 Condiciones y cuantías máximas de prestaciones económicas reguladas en la Ley 39/2006 de Dependencia
- Se modifica el título de la norma, pasando de denominarse «Decreto-ley 3/2023, de 23 de marzo, por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas Vinculada al servicio y la de Cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales, reguladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, aplicables en la Comunidad Autónoma de Canarias» a «Decreto-ley 3/2023, de 23 de marzo, por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas vinculada al servicio y la de cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales y la de asistencia personal». - DECRETO ley 2/2026, de 9 de marzo, por el que se modifica el Decreto ley 3/2023, de 23 de marzo, por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas vinculada al servicio y la de cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales y la de asistencia personal, y se modifica la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, en cuanto al régimen de compatibilidades e incompatibilidades de las prestaciones de atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículo 2. Condiciones de acceso a la Prestación económica vinculada al servicio (PEVS).
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Además de los requisitos generales establecidos en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, será preciso para acceder a esta prestación, que las personas beneficiarias cumplan las siguientes condiciones:
a) Ser residente en la Comunidad Autónoma de Canarias y reunir los requisitos específicos previstos para el acceso al servicio o servicios de atención, a los que se vincula la prestación.
b) Tener plaza u obtener efectivamente la prestación del servicio, en centro o por persona o entidad privada, con o sin ánimo de lucro, debidamente acreditados para la atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Que el Programa Individual de Atención (PIA) de la persona en situación de dependencia determine la adecuación de esta prestación.

