Articulo 2 Condiciones Mí...as Mayores

Articulo 2 Condiciones Mínimas de los Centros destinados a las Personas Mayores

Ver Indice
»

Artículo 2. Ámbito de Aplicación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La presente Orden será de aplicación tanto a los Centros de atención a las personas mayores de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cualquiera que sea su forma de gestión, como a los demás centros públicos o privados, tengan o no vinculación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.