Articulo 2 la Consejera d... Autónomos

Articulo 2 la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se establecen normas para la presentación de facturas electrónicas dirigidas a órganos y unidades de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos

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Artículo 2. Rechazo de las facturas.

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Las facturas electrónicas que no incluyan toda la información establecida como obligatoria en el formato estándar establecido en la normativa reguladora del punto general de entrada de facturas electrónicas, o cuyos defectos de contenido no permitan la correcta determinación del concepto de gasto a que se refieren, y en particular las que no recojan correctamente la información obligatoria a que se refiere el Artículo 1 de la presente Orden Foral serán rechazadas y devueltas al emisor.